La balada de la (no) asalariada
Ya lo dijo Virginia Woolf: para que una mujer pueda crear, es necesario que cuente con recursos económicos suficientes para sostenerse y “un cuarto propio”. Si en México las condiciones laborales para mujeres y hombres que perciben un salario son de por sí complicadas, para las trabajadoras independientes lo son aún más. Ana Paula Rumualdo señala la importancia de ser conscientes de los regímenes de trabajo de algunas creadoras independientes y empezar a modificarlos colectivamente, así como algunas opciones para que aquellas que no reciben un salario fijo puedan construir una situación financiera estable, condiciones laborales y de vida más dignas, no sólo en el presente, sino en el futuro.
El mundo se enriqueció con la obra de las primeras mujeres artistas que recibieron un pago por su trabajo: Cristina de Pisa, Aphra Behn o Artemisa Gentileschi vivieron en épocas en las que el mecenazgo representaba el apoyo principal para una profesión que nunca ha estado condicionada al desarrollo de obras a cambio de una retribución fija y periódica. Pero actualmente el panorama es muy distinto: si bien existen fundaciones que otorgan aportaciones privadas destinadas a impulsar proyectos artísticos, lo cierto es que no constituyen la protección y financiamiento asegurado que representaban los mecenas de antaño. Sin mecenazgo ni vida en la nómina a la vista, el panorama laboral parece más un muro tan escarpado como el que divide los Siete Reinos de las tierras salvajes. Pero existen maneras de cruzarlo.
Como creadora, probablemente trabajes de freelance, cosa que, por supuesto, tiene ventajas invaluables, como tener un horario flexible que se adapte a tus necesidades y la posibilidad de realizar una labor compatible con tus intereses. Seas freelance real (te pagan por honorarios, trabajas desde tu casa y acudes a reuniones cuando eres convocada, es decir, realizas el servicio contratado con recursos propios) o aparente (igual te pagan por honorarios, pero tienes jefe, lugar de trabajo, horario y pago fijo, pero no tienes ninguna prestación), lo cierto es que tu seguridad laboral y financiera está más ausente que un espejo en el castillo de Drácula. Considerada siempre “colaboradora externa” o trabajadora por honorarios, simplemente no puedes acceder a ningún beneficio en materia de seguridad social. Adiós jubilación y seguro médico. La única antigüedad que te es reconocida es la tuya en este mundo (y eso porque no hay de otra). De los demás beneficios (vacaciones conforme a la ley, primas, licencia por maternidad, etcétera), mejor ni hablamos.
En otras palabras: si no eres una asalariada, no tienes derechos. Entonces, ¿qué puedes hacer para tener acceso al menos a una jubilación decorosa?
Aquí hay un par de opciones:
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Abrir voluntariamente una Afore como trabajadora independiente, o
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Abogar por la creación de una ley que, como artista independiente, te permita recibir una pensión.
¿Pensiones para creadores artísticos? ¿estoy soñando?
No estás soñando. En Argentina existe una iniciativa denominada Ley de AUTORES (Asignación Única por Trabajos y Obras en Reconocimiento a Escritores) y una iniciativa de ley para la jubilación de artistas plásticos y visuales, cuyas discusiones y aprobaciones están próximas.
Ambas iniciativas buscan un fin común: lograr que las personas que integran la comunidad artística y literaria puedan acceder a una jubilación. Así, durante su vejez no quedarán a la deriva y tendrán una retribución por el aporte brindado a la cultura argentina. Estas iniciativas constituyen un hito en el reconocimiento a la labor artística, tan presente y celebrada en público mediante premios y homenajes y tan ignorada en materia de derechos laborales.
En las motivaciones de los proyectos de ley mencionados se encuentra el ánimo de enmendar la desprotección a la que, desafortunadamente, se encuentra expuesta la República de las letras:
“Son muchos los escritores de los que se ha sabido terminaron sus días en la indigencia, y es posible que se cuenten por decenas los que además lo hicieron en el silencio y el olvido. Casi constituye un tópico de la condición de escritor, tanto como la ingratitud de la sociedad para con ellos.”
“Los escritores aportan a la cultura general de una comunidad; son creadores individuales que generan una suerte de “riqueza social”, difícil de cuantificar o particularizar, pero fácilmente perceptible en su conjunto.”
Y lo mismo va para la ilustración y el dibujo:
Son manifestaciones culturales contemporáneas que atraviesan nuestra cotidianeidad, la transforman, profundizan el pensamiento crítico y generan la proliferación de opiniones y sentires, que nos enriquecen día a día como sociedad cultural.
Las citas anteriores bastan para comprender la necesidad de su aprobación y (por supuesto) acatamiento.
Algunos de los requisitos para poder acceder a esta pensión son: haber cumplido con las aportaciones al Sistema Único de la Seguridad Social, tener una edad mínima de 65 años y trayectoria comprobada. Lo anterior implica que aunque como colaborador externo te paguen por honorarios, quien te paga estará obligado a hacer una aportación para tu retiro. Genial, ¿cierto?
Animados por la elaboración y presentación de la iniciativa de ley, la Asociación de Dibujantes de la Argentina, El Foro de Ilustradores y los de Banda Dibujada, se unieron para formar la Asociación de Dibujantes Argentinos (ADA) con el objetivo de crear conciencia en el gremio acerca del peso que tiene su trabajo en la industria editorial. Entre sus fines se encuentran promover, informar y educar sobre la defensa de los derechos de los profesionales del dibujo y la ilustración,[1] evitando, por ejemplo, la firma de contratos a ciegas.
El diablo está en los detalles
Esa renuencia a leer contratos que quizá tú misma experimentes no es nada nuevo, y es perfectamente entendible: mamotretos repletos de tecnicismos que (a menos que pagues por una asesoría jurídica) nadie se molesta en explicarte. Cuando llegas al horror ortográfico o de redacción número diez, te das por vencida y firmas. Precisamente para aliviar esos males es que surgieron estas asociaciones. Recuerda: el diablo está en los detalles, así que más vale leerlos y pedir que te expliquen lo que no entiendas, ¿a poco en plena era de la información te vas a quedar con alguna duda?
Actualmente, existen en México diversas asociaciones destinadas a la defensa de los derechos de sus integrantes en los ramos mencionados, por ejemplo, la Asociación Mexicana de Ilustradores o la Sociedad General de Escritores de México. Consulta qué beneficios tiene formar parte de la que te corresponda, si te conviene, considera unirte. Y si ninguna asociación te acaba de convencer, ¿por qué no formas una tú?
Lo deseable sería que, inspirados en lo que Argentina ha brindado a su comunidad artística, se pudiera lograr un esquema de pensiones en México. La muy reciente iniciativa ciudadana, con todo y sus bemoles, puede ser una herramienta para lograrlo.
El pelo en la sopa es que “la cultura laboral en México ni siquiera da para pensar en iniciativas como las que se presentaron en Argentina”, comentó la abogada Hayde Galán González, especialista en materia laboral.[2] Para implementar una ley de esa naturaleza y que realmente se pueda aplicar, tendrían que modificarse otras tantas para que el régimen de seguridad social fuera aplicable a las personas físicas con actividad profesional.
Estamos hablando de una cultura en la que “los despidos de mujeres embarazadas, las pruebas de embarazo como condición para ser contratada y el veto a las que son madres, son bastante comunes”, agregó Hayde. El atraso es evidente. Existen barreras que superar antes de lograr un cambio en la concepción que se tiene de la labor de las mujeres en el arte. Para ello no hay más que mantenernos informadas y unidas.
¿Demasiado bueno para ser cierto?
Si la opción anterior te parece lejana, guajira –o ambas–, no te agobies. Como trabajadora independiente también puedes abrir tu Afore y aportar voluntariamente una cantidad fija.
Usa la página de la CONSAR (Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro) para informarte bien acerca de cómo registrarte, cómo elegir la mejor Afore y los servicios a los que tendrías derecho.
Revisa los servicios disponibles en cada administradora para trabajadores independientes (no todas cuentan con esa modalidad). Asesórate con alguno de los blogs de finanzas personales que te explican a detalle todo lo relacionado con el ahorro para el retiro, incluso responden a las dudas que les plantees. Sobra mencionar la importancia que tiene contar no únicamente con una Afore, sino con un fondo para emergencias que te ayude a solventar cualquier imprevisto. Investiga, haz cuentas, compara.
De igual forma, es recomendable que cuentes con un seguro médico. Es cierto, sale más caro por el simple hecho de ser mujer. Para las aseguradoras implica más riesgos, porque como diría un triste hombre que trató de venderme un seguro: “las damitas tienen necesidades peculiares”. Como establece la Profeco: “Por lo general, los planes para las mujeres son más caros, ya que éstas son más propensas a enfermedades entre los 20 y 50 años, viven más tiempo que los hombres y pueden tener posibles gastos por maternidad”.[3] Si no quieres o no puedes contratar un seguro privado, también tienes la opción de inscribirte al régimen voluntario del IMSS por una cuota que varía según tu edad (entre $889 y $2237 al año).[4]
Si trabajo por dizque honorarios, ¿no tengo derechos?
Ahora, si tu caso es un aparente trabajo por honorarios y crees que en cualquier momento te pueden dar las gracias porque no tienes contrato o porque estás contratada “temporalmente” (aunque tengas años ahí), estás en un error. En 2005 y 2010, la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo en el Primer Circuito, respectivamente, emitieron jurisprudencias, es decir, criterios firmes, en los que establecieron que el vínculo laboral se demuestra cuando los servicios prestados reúnen las características de una relación de trabajo y que no debe tomarse en cuenta la existencia de un contrato de prestación de servicios profesionales cuando con él pretenda esconderse la existencia de una relación de trabajo. Échale un ojo a estas letras chiquitas:
“TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO. EL VÍNCULO LABORAL SE DEMUESTRA CUANDO LOS SERVICIOS PRESTADOS REÚNEN LAS CARACTERÍSTICAS PROPIAS DE UNA RELACIÓN DE TRABAJO, AUNQUE SE HAYA FIRMADO UN CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES.
En otras palabras, si camina como pato y hace como pato, es un pato.
…la existencia del vínculo laboral entre una dependencia estatal y la persona que le prestó servicios se da cuando se acredita que los servicios prestados reúnen las características propias de una relación laboral. En ese sentido, si se acredita lo anterior, así como que en la prestación del servicio existió continuidad y que el trabajador prestó sus servicios en el lugar y conforme al horario que se le asignó, a cambio de una remuneración económica, se concluye que existe el vínculo de trabajo, sin que sea obstáculo que la prestación de servicios se haya originado con motivo de la firma de un contrato de prestación de servicios profesionales, pues no es la denominación de ese contrato lo que determina la naturaleza de los servicios prestados al Estado, de tal suerte que si éstos reúnen las características propias del vínculo laboral entre el Estado y sus trabajadores, éste debe tenerse por acreditado…
Típico: firmas un contrato de trabajo “temporal” que, de contentillo, te renuevan mensual o trimestralmente. Te han dicho que en cualquier momento te mandan a la calle, sin posibilidad de reclamar nada. ¿Pues qué crees? eso es pura intimidación:
“CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES. LOS EFECTOS TEMPORALES Y VINCULANTES CONTENIDOS EN ÉL NO DEBEN TOMARSE EN CUENTA EN LA INSTANCIA LABORAL, CUANDO SE DEMUESTRE QUE PRETENDE ESCONDERSE LA EXISTENCIA DE UNA RELACIÓN DE TRABAJO.
… una relación de trabajo entre una dependencia estatal y una persona que prestó sus servicios no sólo puede probarse con el nombramiento del trabajador o su inclusión en las listas de raya, sino también cuando se acrediten los elementos siguientes: 1) una relación continua; 2) que el operario haya prestado sus servicios en el lugar y conforme al horario asignado a cambio de una remuneración económica; y, 3) todo ello independientemente de que se haya suscrito un contrato de prestación de servicios profesionales. Consecuentemente, en los casos en que se determine que ese acuerdo de voluntades pretende esconder la existencia de un vínculo de trabajo entre las partes, los efectos vinculantes y temporales que pueda llegar a contener no surten efectos en la instancia laboral, aun cuando se especifique su temporalidad en términos del artículo 15, fracción III, de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, debido a que la duración de una relación laboral sólo debe responder a la naturaleza del trabajo y a los supuestos regulados por la citada legislación y no a lo pactado entre las partes…
Por analogía, estos criterios también se aplican si:
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Existe una relación de subordinación; es decir, existe un poder de mando al que estás sujeta para la ejecución de tu trabajo.
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Tienes un horario.
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Recibes una remuneración económica a cambio de ese trabajo: cuentas con recibos de honorarios consecutivos expedidos continuamente a favor de la misma razón social y por cantidades constantes.
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Trabajas en un lugar físico determinado.
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Cumples con las metas impuestas.
La subordinación es primordial para determinar la existencia de la relación laboral. Esos correos que dicen “te encargo la portada de x”, “necesito que me entregues a, b y c para tal día”, sirven para comprobarla.
Si trabajas bajo un simulado esquema de honorarios y un día te dan las gracias sin más, sería recomendable que demandaras, aunque te pongan en la “lista negra”. Piénsalo: esa lista negra no puede abarcar todos los lugares de trabajo, ni es eterna. En esos casos es necesario presentar una demanda laboral para generar conciencia y abrir camino a las nuevas generaciones.
Un cuarto propio para el retiro
¿Te acuerdas de la fábula de la cigarra y la hormiga? Puedes divertirte como la cigarra: canta y baila hoy, pero si ahorras lo suficiente, no tendrás que pedirle prestado a las avaras hormigas más adelante.
Tal vez opines que la vida no es vida sin riesgo, y que no te la vas a pasar previendo el futuro y pensando en tu retiro. Seguramente eres enemiga declarada de la monotonía y ese ahorro constante no puede sonar más aburrido, no piensas terminar siendo uno de los hombres de traje gris, los “ahorradores de tiempo” que aparecen en Momo. Bien sabemos que por más que asegures el futuro, nadie tiene la vida comprada, pero si entre tus planes no se encuentra vivir rápido y morir joven, sería bueno que comenzaras a ahorrar para tu retiro, no importa cuántos años tengas.
La verdad es que en México no queremos hablar y pensar en nuestra propia vejez. Como informa Claudia Silva, especialista en mercadotecnia digital de los servicios de una compañía financiera,[5] en los estudios realizados por la AMAFORE (Asociación Mexicana de Afores) durante 2013 se encontró que: “5 de cada 10 personas entrevistadas manifiestan ideas negativas en torno a la vejez, en especial, aquellas relacionadas con la muerte y la falta de productividad. Nadie piensa ni planea su vejez, y por lo tanto nadie ve necesario ahorrar. Quizá para las creadoras no asalariadas siempre quedará la opción de seguir colaborando en publicaciones o haciendo trabajos esporádicos, pero lo ideal es que no sea el único medio para sostenerse económicamente”. Según este estudio, el 41% de los mexicanos mayores de 65 años sigue trabajando y de éstos, el 83% lo hace por necesidad económica.[6]
Otro dato importante: de los 3 millones 193 mil 579 personas adultas mayores registradas como económicamente activas, únicamente 638 mil 149 son mujeres. Pero sabemos que, en realidad, muchísimas adultas mayores más aún trabajan (y doble jornada, si sumamos las labores domésticas que la mayoría realiza en sus domicilios). Lo hacen, además, en condiciones que no les otorgan estabilidad, calidad de vida ni posibilidad de ahorro, lo que las convierte en un grupo social altamente vulnerable.[7] Es fundamental que te des cuenta de que esta situación también te involucrará a ti en un futuro.
Por eso, Claudia Silva insiste en la importancia de planear cómo manejarás tu economía en la vejez a través de las aportaciones voluntarias a tu Afore: “Éste es un instrumento de inversión bastante atractivo en rendimientos, e incluso en algunas de sus modalidades podrías deducir impuestos. Debemos destinar aproximadamente entre 10 y 15% del ingreso mensual a este fondo, de preferencia, desde que empezamos a trabajar, cuando somos más productivas. Si eres constante en esta disciplina por 30 años, podrías ver un futuro mucho más tranquilo, sin preocuparte por tu situación económica o sentimental. Podrías tener ese verdadero cuarto propio del que hablaba Virginia Woolf”. Para que te motives, aquí hay una calculadora que proyecta cuánto podrías acumular si te plantearas el propósito de hacer aportaciones voluntarias domiciliadas.
A diferencia de las artistas que comenzaron a abrir camino para las generaciones que les siguieron, tú ya tienes la posibilidad de formar un patrimonio propio que será producto, para tu gran alegría, de dedicarte a hacer lo que más amas. Ese patrimonio sólo puede construirse si te decides a controlar tus finanzas de forma responsable, cosa que no puede derivar más que en beneficios para ti misma. Ten en mente que formas parte de un importante cambio en la cultura financiera de las mujeres. Ya no estás relegada a la administración de los recursos, ahora puedes construirlos. Es momento para sentar un precedente sobre el camino que, dando pasos junto a otras colegas, se abrirá cada día más.
[1]Artículo 2, fracción g) del Estatuto de la ADA, disponible en: http://dibujantestrabajando.blogspot.mx/p/adaestatuto-propuesta-final.html
[2] Para Díaz Mirón y Asociados, S.C. En entrevista telefónica, febrero de 2014.
[3]Radiografía de servicios de seguros de gastos médicos, disponible en http://www.profeco.gob.mx/revista/publicaciones/adelantos_03/gasmesmay_seo03.pdf
Para consultar una guía más actualizada de los seguros de gastos médicos de la Profeco, consultar: http://www.profeco.gob.mx/encuesta/brujula/bruj_2012/bol231_seguros.asp
En este enlace, la Profeco informa específicamente el costo de diversos servicios específicos para la salud de las mujeres: http://revistadelconsumidor.gob.mx/?p=1587
[4] Información disponible en http://www.pensionesimss.com.mx/regimen_voluntario.html
[5] En entrevista sostenida por correo electrónico, marzo de 2014.
[6] Ahorro y futuro. ¿Cómo viven el retiro los mexicanos? Estudio de la Asociación Mexicana de Afores, junio de 2013. Disponible en:
http://www.amafore.org/sites/default/files/Presentacio%E2%95%A0%C3%BCn%20Vejez%20Azul_0.pdf
[7] Según el Censo de Población y Vivienda 2010. El análisis de los datos puede consultarse aquí: http://comunicacionsocial.diputados.gob.mx/camara/2012/agosto/revista/index.php/ceameg/adultas-mayores-en-mexico-un-desafio